De Visado Turístico a Estancia por estudios en España.

¿Es posible entrar a España con visado turístico y luego obtener una autorización de residencia?

Esta pregunta surge frecuentemente entre aquellos extranjeros que pretender obtener su primera tarjeta de residencia en España.

Y la respuesta es sí, es posible obtener la residencia entrando a España con un visado turístico. Sin embargo, es crucial tener en cuenta una serie de requisitos esenciales y consideraciones importantes para ello.

De turista a estancia por estudios en España.

Aprovecha al máximo tu visado turístico del espacio Schengen, y convertirlo en una estancia por estudios en España, ya sea que poseas un visado turístico Español o de cualquiera de los otros países integrantes del acuerdo, como los visados turísticos de: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Suecia y Suiza.

Tanto si tiene un visado turístico, una tarjeta de residencia por estudios o una tarjeta de residencia por trabajo emitida por alguno de los países mencionados anteriormente, tienes la opción de solicitar el cambio y obtener la tarjeta de residencia por estudios en España.”

De Turista Schengen a Primera Tarjeta de Estancia en España.

En los últimos años, España se ha convertido en un destino educativo de elección para ampliar los estudios. La amplia gama de opciones educativas que ofrece España, abarcando más allá del ámbito universitario, consolida su posición como destino de referencia para estudiantes extranjeros que aspiran a enriquecer su formación académica fuera de su país de origen.

Permiso de estancia en España a través de visado turístico:

La reciente modificación normativa en materia de visados para estudiantes extranjeros ha simplificado el proceso de obtención de permisos de estancia por estudio en España. Anteriormente, los interesados debían solicitar un visado de estudios en los

consulados españoles en sus países de origen. Sin embargo, con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 11/2018, los estudiantes extranjeros también tienen la posibilidad de solicitar el permiso de estancia por estudios directamente en las autoridades gubernamentales, siempre y cuando se encuentren en territorio español de manera legal, incluso aquellos que ingresaron con un visado Schengen. Esto agiliza y facilita el acceso de los estudiantes internacionales a la educación en España.

Requisitos Principales:

1. Visado Schengen, visado por trabajo…etc. Con una duración mínima de 30 días.

2. Pasaporte completo y en vigor, con vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia.

3. Documentación acreditativa de disponer de medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y estudios.

4. Seguro médico acreditado en España.

5. Estar admitido en un centro de enseñanza acreditado en España.

6. Certificado médico.

7. Antecedentes penales expedidos por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.

8. Para estudiantes menores de edad, se requiere una autorización por parte de los padres o tutores legales. Esta autorización debe incluir información detallada sobre el centro educativo, organización, entidad u organismo responsable de la actividad, así el responsable de alumno durante el período de estancia previsto.

En nuestra agencia FORSA A TODOS nos encargamos de gestionar todos los trámites a través de abogados especializados en extranjería.

Renovación de la tarjeta de residencia.

Una vez finalizados tus estudios y con 60 días de antelación a la fecha de caducidad de tu tarjeta de estudiante, tienes la opción de solicitar el cambio de la tarjeta de residente como estudiante, a por un permiso de residencia laboral.

Con un certificado de aprovechamiento de curso, puedes realizar una transición sin problemas de una residencia de estudiante a un permiso de trabajo mediante las siguientes opciones:

Opción 1. Tener una oferta laboral que te permita trabajar 40 horas semanales durante mínimo un año.

Opción 2. Trabajar por cuenta propia (Autónomo), deberás presentar un plan de negocios detallado que describa la idea comercial que deseas implementar, y contar con los medios económicos suficientes para llevar el proyecto a cabo.

Una vez transcurridos diez años de residencia legal en España, tienes la posibilidad de solicitar la nacionalidad española.

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